Régimen de incorporación fiscal
Con la reforma
fiscal recientemente aprobada, uno de los cambios
que ha generado
controversia, dudas y
temores, es el que se refiere a la eliminación de los REPECOS (régimen de pequeños
contribuyentes), en cuyo
lugar entra el
Régimen de Incorporación
Fiscal. Un pequeño
contribuyente realiza negocios cuyos ingresos
no superan los dos
millones de pesos
mensuales y esto incluye los servicios.
Esta situación pone en
desventaja en el futuro a
estos pequeños negocios y a sus dueños
y subempleados.
Al desaparecer este régimen, los pequeños
negocios están obligados
a inscribirse en el régimen de incorporación
fiscal que tiene
un doble objetivo:
incorporar al régimen
formal a los 29.6 millones
de empleados y negocios
informales que reconocen
ellos mismos que
existen en México;
por otro lado,
y lo más importante, busca que
los pequeños negocios sirvan de
informantes de las ventas de
las empresas más importantes
y poderosas de México
que engañan al fisco
al no declarar
todo lo que venden. Con este
nuevo régimen se obliga
el pequeño comerciante a informar
sobre sus compras
y, así, de
forma indirecta, el SAT puede obligar
al que le vendió a
que pague los impuestos
que debe y no los que paga por
no
declarar correctamente. Los 3.8
millones que eran
REPECOS, pasan de
inmediato al nuevo
régimen). En el primer año
(el que corre),
los pequeños negocios que producen
o prestan servicios, no pagarían
ninguna clase de
impuestos, pero sí
tendrán que declarar
lo que deberían
pagar. Una vez
que ya tengan
el cálculo de sus impuestos, no pagarán
nada en el 2014; en el 2015 pagarían
sólo el 10 por ciento
y se les condonaría el 90 por ciento
de impuestos; en el 2016 pagarían
sólo el 20 por ciento,
y así hasta
que en 10 años lleguen
a pagar sus
impuestos por completo.
Sólo estarían obligados, bimensualmente, a calcular
su pago de
impuestos dando a
conocer sus ingresos
y sus gastos. Este proceso,
dice el SAT,
no requiere de contador;
simplemente con una
llamada telefónica le pueden
registrar sus ingresos
y egresos, y vía telefónica se hace
el cálculo de lo que debería
pagar, aunque le
vayan a ir cobrando de manera
gradual como queda
dicho. El régimen
de incorporación permitirá la emisión
de facturas. Una consecuencia
al no pagar
los impuestos puede ser
que al menor
incumplimiento por parte
de los pequeños
les dejen caer
“todo el peso
de la ley”
encarnado en multas y sanciones,
sin averiguar si hay una razón
profunda que conlleve
a la imposibilidad
de cumplir con la información y requisitos
que exige el
SAT.
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